EL CONTRALOR DE LOS ESTUDIANTES Y SUS FUNCIONES
Será un estudiante de grado un décimo matriculado en la institución educativa que será elegido anualmente, por los estudiantes matriculados. Este cargo es incompatible con el de Personero Estudiantil y con el de representante de presidente del Consejo de
los estudiantes ante el Consejo Directivo. La elección será el mismo día de las elecciones del Gobierno Escolar y deberá presentar un plan de acción para su elección.
- Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes de la institución a través de actividades formativas y/o lúdicas con el apoyo de la institución y la Contraloría Departamental.
- Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en la institución con el apoyo de la Contraloría Departamental.
- Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.
- Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la institución educativa.
- Presentar en la institución educativa y fuera de ella un ambiente sano y libre de contaminación así como la preservación de los recursos naturales.
- Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social.
- Presentar una rendición de cuentas semestralmente sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones.
- Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental.